Nos solidarizamos con los comerciantes de la Jurisdicción y el Pais
HASTA EL 3 DE JULIO SE EXTIENDE EL PLAZO PARA RENOVAR LA MATRÍCULA MERCANTIL
Gracias a gestión liderada por las Cámaras de Comercio en conjunto con el Gobierno Nacional, se expidió decreto que permite a los empresarios contar con más tiempo para cumplir con la renovación de sus registros públicos, requisito que establece el Código de Comercio.
Se trata de una medida de solidaridad con los empresarios de todos los rincones del país, ante la emergencia económica y social declarada para atender la situación generada por el Covid-19.
Se extiende hasta el 3 de julio el plazo para que los empresarios e inscritos de todo el país puedan renovar su Registro Mercantil, el RUNEOL y los demás registros públicos que integran el Registro Único Empresarial y Social – RUES, relacionados en el artículo 166 del Decreto Ley 019 de 2012, con excepción del Registro Único de Proponentes.
Las personas inscritas en el Registro Único de Proponentes deben presentar la información para renovar su registro a más tardar el quinto día hábil del mes de julio, es decir, hasta el día 7 de julio de 2020.
La renovación de la afiliación de que trata el artículo 20 de la Ley 1727 de 2014, deberá realizarse a más tardar el 3 de julio de 2020. Los afiliados que renueven la matrícula mercantil y su calidad de afiliado en estos términos, podrán conservar todos los derechos que la Ley les concede.
Los empresarios, personas jurídicas y entidades que hayan incumplido el deber de renovar su matrícula o registro durante los años 2016, 2017, 2018, 2019, para el año 2020 tienen la oportunidad de renovar hasta el 3 de julio para evitar entrar en causal de Depuración del artículo 31 de la Ley 1727 de 2014.






